Se abrirán las solicitudes para el proceso de Unidad Familiar el 19 de agosto de 2024
Autora: Angelita Chavez
Actualización: A partir del 7 de Noviembre del 2024, USCIS dejó de aceptar y procesar todas las solicitudes de PIP debido a un fallo final en el caso del Estado de Texas contra el Departamento de Seguridad Nacional, Número de Caso 24-cv-306 (E.D.T.X. 7 de noviembre de 2024). Consulte el anuncio de USCIS para obtener más detalles.
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Julio 23, 2024
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) ha anunciado que comenzará a aceptar solicitudes de Parole in Place (PIP, por sus siglas en inglés) para cónyuges y ciertos hijos menores de ciudadanos estadounidenses a partir del 19 de agosto de 2024.
¿Qué es el Proceso de Unidad Familiar?
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció previamente un proceso que permitiría a ciertos familiares de ciudadanos estadounidenses solicitar el Parole in Place (PIP) que, de ser aprobado, permitiría a este reducido grupo de familiares solicitar el estatus de residente permanente legal.
¿Quién es elegible?
La elegibilidad para esta forma de alivio migratorio se limita a las personas que:
Estaban legalmente casados con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024;
Haber estado en los EE. UU. de manera continua durante al menos 10 años;
No tener antecedentes penales o antecedentes migratorios que los descalifiquen para ajustar su estatus;
Son elegibles para ajustar el estatus; y
Son merecedores de discreción favorable.
Ciertos hijos menores también pueden solicitar PIP si cumplen con los criterios y sus padres tienen un matrimonio válido a partir del 17 de junio de 2024, o antes de esta fecha. Como se señaló en los criterios de elegibilidad anteriores, USCIS tomará decisiones caso por caso y, a su discreción, puede denegar las solicitudes de PIP.
¿Qué debo esperar a continuación?
La información sobre el PIP se publicará en el aviso del Registro Federal antes de que se abra el proceso el 19 de agosto de 2024.
Solicitantes pueden prepararse reuniendo pruebas de su matrimonio legalmente válido a partir del 17 de junio de 2024 y pruebas de presencia física continua en los EE. UU. durante los últimos 10 años.
Ejemplos de tales pruebas pueden incluir:
Copias de recibos de servicios públicos, celular, seguro, facturas médicas
Expedientes escolares
Comprobante de pagos de alquiler
Registros de cuentas bancarias
Evidencia de seguro de automóvil/pagos
Licencias, renovaciones, copias previas de identificaciones
Membresías en gimnasios o tiendas
Fotografías con fecha y ubicación
Certificados de nacimiento de niños nacidos en EE. UU.
Protéjase contra estafas de inmigración:
Evite ser estafado durante procesos de inmigración. Estas son algunas medidas que puede tomar para protegerse:
No solicite este proceso ahora ni pague ninguna tarifa, ya que aún no está abierto el programa
Sólo busque asesoramiento legal de un abogado de inmigración con licencia y experiencia
No contrate a un abogado sin licencia o quien a sido expulsado para este proceso
Tenga cuidado con las personas que ofrecen garantías sobre las aprobaciones de su caso
Asegúrese de guardar copias de sus archivos de inmigración y todos los formularios presentados en su nombre y el de su familia
Revise todos los formularios de USCIS cuidadosamente antes de firmar para asegurarse que toda la información sea correcta antes de presentarlos
Por último, recuerde que los notarios no son abogados y no pueden brindar asesoramiento legal. De hecho, muchos estados tienen legislación que hace que esta y otras formas de práctica no autorizada de la ley sean ilegales.
Del mismo modo, las personas sin licencia no están autorizadas a proporcionar asesoramiento legal. Para más información, lea este aviso sobre el fraude notarial y para obtener más detalles sobre el proceso PIP, lea las preguntas frecuentes de USCIS aquí.
¿Preguntas? Llame a TCF al 541-357-8381 o haga vea nuestra disponibilidad aqui.
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: El contenido de este blog no sustituye el asesoramiento legal y no forma una relación abogado-cliente. Nuestros artículos de "Momento de Inmigración" son puramente para fines informativos y no constituyen asesoramiento legal.